INSCRIPCIÓN 108 A y B IN FINE

PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE ASUNTOS DOCENTES
SAN ANDRÉS DE GILES
  
                                                  COMUNICADO N° 4 / 2020


INSCRIPCIÓN
LISTADOS IN- FINE 2020
En virtud a la implementación de la Resolución 326/18,  se comunican los siguientes puntos:
·         El período de inscripción a los listados in –Fines comenzará el 17/02 hasta la finalización del ciclo lectivo.
·         Se aclara que la documentación se  recepcionará por orden de llegada y el listado será confeccionado de acuerdo al orden de mérito en los términos establecidos en la Res 3181/02.
·         Las inscripciones se realizarán por un solo distrito, la documentación será presentada y recepcionada en el distrito de inscripción y formará parte de un legajo único.
·         Los docentes deberán confeccionar una planilla de inscripción por cada distrito solicitado y presentarla en el distrito de inscripción para su carga.
·         Cuando el docente agregue documentación o modifique el porcentaje de materias aprobadas en otro distrito que no sea el distrito de inscripción,  se agrega a la carga existente. Se tomará como válida la última inscripción realizada.
·         En los casos de impugnaciones en otro distrito que no sea el de inscripción, se solicitará al docente la documentación para corroborar con la carga realizada en el sistema por el distrito de inscripción. Sólo en caso de diferencia con la documentación presentada, se verifica y se carga donde se realice el reclamo. Se tomará como válida la última inscripción realizada.


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
En todos los listados en los que aspire ingresar el docente, se deberá presentar:
• Planilla de declaración Jurada: 1 original y 1 copia (Declaración Jurada Listado 108 a y b IN-FINES.  es una sola y se marca el listado que corresponda) La misma se descarga desde la página www.abc.gob.ar , SERVADO, documentos de descarga.
• Fotocopia de DNI, anverso y reverso.





TITULOS HABILITANTES
PARA  LISTADO 108 A IN- FINE:
Fotocopia del título habilitante, registrado en la D.G.C. y E. o constancia de título en trámite (se tomará con el mismo criterio que para el Listado oficial). Certificada por autoridad competente
PARA LISTADO 108 B IN-FINE:
• Fotocopia del título secundario, registrado en la D.G.C. y E. Certificada por autoridad competente (sólo en los casos que su condición de título lo requiera)
• Constancia de título en Trámite o certificado de alumno regular actualizado al momento de la inscripción donde se especifique la actualización (porcentaje) de las últimas  materias aprobadas
Cabe aclarar que la condición de alumno regular es determinante para ser habilitado en Listado Complementario 108 B.

ANTIGÜEDAD DOCENTE:
El desempeño se extrae desde el PDD. En los casos que no se desprenda, las SAD deberán cargarlas de acuerdo a lo consignado por el docente en la declaración jurada, siempre que se encuentre debidamente certificado por la autoridad competente.

TITULOS Y CURSOS BONIFICANTES
Solo se valoran para el Listado 108 A in- fine
• Fotocopias de todos los títulos y cursos bonificantes, registrados en la  D.G.C.Y E. Certificados por autoridad competente


CALIFICACIONES
• Las calificaciones docentes, se extraen desde el PDD. En los casos que no se desprenda,  las SAD deberán cargarlas de acuerdo a lo consignado por el docente en la declaración jurada, siempre que se encuentre debidamente certificado por la autoridad competente.